DEFINEN NUESTRO AMBITO DE COMPETENCIA
 
 
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
 


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Articulo 3, fracción VIII, faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes "destinadas a distribuir la función social educativa", y a "fijar las aportaciones económicas correspondientes" para ello. La DGPP coadyuva con las autoridades educativas a través de sus funciones de planeación y programación- presupuestación para enterar al Congreso, con el Programa Operativo Anual y el Proyecto de Presupuesto sometido por la SHCP a su consideración, de las necesidades del sector educativo.


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Artículo 69, habla de la obligación del Ejecutivo de presentar al Congreso de la Unión un informe sobre el estado de la Administración Pública. a la DGPPP le corresponde integrar la parte correspondiente a metas y presupuestos del sector educativo y en ese sentido apoyar al Informe de Gobierno y al Informe de Labores de la Secretaría.

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Artículo 74, fracción IV, otorga a la H Cámara de Diputados la facultad de discutir y aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación, y revisar la Cuenta Pública. La DGPPP coadyuva  a la integración del Presupuesto de Egresos y del informe para la Cuenta Pública en lo tocante al sector educativo.

   
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
   
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Articulo 38, define las funciones que el Ejecutivo delega a la Secretaría de Educación Pública para su despacho.Es función de la DGPPP enmarcar estas grandes funciones y atributos de la SEP en los lineamientos definidos en el Plan Nacional de Desarrollo y detallados en los planes sectoriales de educación, cultura, deporte e investigación, y, apoyándose asimismo en la información sobre objetivos y expectativas de las entidades coordinadas, proponer los objetivos y metas sectoriales, la estructura programática idónea  y  los requerimientos de recursos federales necesarios para alcanzarlas.
   
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
   
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Articulo 12, detalla las atribuciones exclusivas de la autoridad educativa federal. Tres de las atribuciones explícitamente listadas en este artículo están delegadas a la DGPPP:

.-Establecer el calendario escolar;

.-Llevar un registro nacional de instituciones del SEN; y

.-Realizar la planeación y programación globales del SEN, así como evaluarlo.

   
REGLAMENTO INTERNO DE LA SEP
   
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Al frente de la Secretaría de Educación Pública estará el Secretario del Despacho, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliará de las unidades administrativas y órganos desconcentrados siguientes:

XXXIV.  Dirección General de Planeación y Programación.
   
ACUERDOS Y CONVENIOS
   
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Por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Educación pública que se mencionan.

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La SEP tiene la facultad de dictar acuerdos y promover convenios que dentro de su ámbito de competencia le sean de interés y necesarios como apoyo en el cumplimiento de sus funciones. Destaca, entre ellos, el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica.